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En caso que el menor de edad viaje con otro familiar dentro de territorio nacional, estos necesitaran una autorización por parte de los padres, siendo un permiso expedido por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una jefatura civil o a través de un documento autenticado.
Cabe destacar que si la madre viaja con sus hijos dentro del país, no es necesaria una autorización por parte del padre, y viceversa. En cuanto a los viajes al exterior, los menores de edad en compañía de ambos padres. En cambio sí se traslada sólo con uno de ellos, será necesario una autorización del otro.
En cambio si uno de los padres se niega autorizar el permiso, la otra parte o el mismo adolescente, puede dirigirse al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes donde serán atendidos por un juez, quien determinará el caso para ofrecer el permiso.
Requisitos
- Original y fotocopia de la cédula de identidad de los padres o representantes legales y del niño, niña o adolescente, si la tiene.
- Si viajará acompañado debe anexar la fotocopia de la cédula de identidad del acompañante.
- Si viajará sólo debe anexar los datos y dirección de la persona que lo recibirá.
- Dos fotografías actuales tipo carnet del niño, niña o adolescente.
- Fotocopia de un recibo de servicio (luz, agua, teléfono, gas), Registro de Identificación Fiscal (RIF) o constancia de residencia expedida por la autoridad competente, donde aparezca el nombre del solicitante (madre, padre o representante legal).
- Fotocopia del pasaje, en caso de tenerlo.
- Datos exactos del lugar de alojamiento del niño, niña o adolescente.
- Partida de defunción del padre o madre en caso de haber fallecido.
- Documento que compruebe suficientemente la condición del representante legal llamado a dar su consentimiento para el traslado.
- Pasaporte del menor, en caso de que el viaje sea al exterior.
- Para tramitar el permiso bastará con la presencia de uno solo de los padres, representantes o responsables que ejerza la patria potestad.
Para poder tramitar este permiso, se deben dirigir a:
- Consejos de Protección del Niño y del Adolescente.
- Jefatura Civil.
- Notarías Públicas.
- Consulados de la República Bolivariana de Venezuela (en el exterior)
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