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¿Qué es el Parlamento Comunal Nacional?

El Parlamento Comunal, está conformado por los voceros de los Consejos Comunales en todo el territorio nacional. El hecho de que este se haya implantado en la Asamblea Nacional, les da el privilegio de debatir permanentemente en todas las propuestas de leyes que en esta se discutan, dándole poder al pueblo de aprobar nuevas medidas legislativas.

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El Parlamento Comunal Nacional, fue planteado por el ex Presidente de Venezuela, Hugo Chávez, en el año 2008 y es hasta ahora, que el actual Presidente Parlamentario, Diosdado Cabello (luego de las recientes elecciones parlamentarias, en las que la oposición venezolana ganó la mayoría calificada de la Asamblea Nacional), aprobó esta nueva modalidad en la que los Consejos Comunales tienen voz y voto en el Parlamento venezolano.

Contenido de la Página

Perdida de poder parcial o absoluta de la Asamblea Nacional

Gracias al poder que le ha sido otorgado a los consejos comunales, al haber sido integrados a la Asamblea Nacional, en el caso de ser aprobada o derogada cualquier ley, los parlamentarios deben rendir cuenta al Parlamento Comunal, pues la participación del pueblo es de gran importancia , ya que, esta consolida la condición del pueblo legislador, esto queda plasmado en el Articulo 127 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.

Artículo 127. La Asamblea Nacional estimulará la participación popular con el objeto de consolidar la condición de pueblo legislador, de acuerdo a lo siguiente:

  1. Manteniendo comunicación permanente con la ciudadanía, a la cual informará veraz y oportunamente de su actuación, y le rendirá cuenta, a través de los consejos comunales, las comunas, las organizaciones comunitarias, los movimientos sociales organizados y otros espacios o foros creados por la iniciativa popular.
  2. Promoviendo la constitución, por iniciativa popular, de los comités de legislación en los sistemas de agregación comunal, como instancias de articulación entre el Poder Popular y la Asamblea Nacional, para el fortalecimiento del parlamentarismo social de calle y el desarrollo del pueblo legislador.
  3. Atendiendo y difundiendo las iniciativas legislativas, constitucionales, constituyentes y otras propuestas que se originen en el seno de la sociedad.
  4. Propiciando las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, así como los procesos de consulta popular y el referendo, en los términos que consagran la Constitución de la República y la ley.
  5. Garantizando, con la sanción de la ley sobre la materia, la aplicación de las normas sobre participación popular previstas en la Constitución de la República, para lo cual se dotará de la organización, los métodos, medios y mecanismos de funcionamiento necesarios, que garanticen la más amplia participación popular en los procesos de formación de leyes, en el control de la gestión del gobierno y la administración pública y, en general, en todas las materias de su competencia.

Participación de la ciudadanía en las sesiones

Si deseas conocer todos los artículos de este ordenamiento, dejamos a tu disposición Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional:

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