El Seniat informó a través de su cuenta twitter el aumento de la Unidad Tributaria. Debido a esto fueron calculados los nuevos montos para bono de alimentación, exoneraciones al Impuesto al Valor Agregado (IVA), multas, sanciones, sucesiones, donaciones, registro de dominios, timbres fiscales, registros, notarías, tribunales y otros entes públicos que requieran pagos en base a dicho monto en bolívares soberanos.
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La Unidad Tributaria (U.T.) se ha empleado en Venezuela desde el año 1994 cuando fue establecida en la reforma del Código Orgánico Tributario, específicamente en el Artículo 229, publicándose en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 41.839.
Actualización 18 de marzo 2020
El SENIAT aumentó a 1.500 bolívares, debido a que anteriormente la UT estaba ubicada en 50 bolívares desde marzo de 2019, lo que se traduce en un incremento actual de 2.900%, quedando establecido en la gaceta oficial 41.597
Según el artículo 2 de la resolución menciona: El valor de la Unidad Tributaria, únicamente puede utilizarse como unidad de medida para la determinación de los Tributos nacionales, cuya recaudación y control sean de la competencia del Seniat, así como de las sanciones impuestas por ese organismo, asi qué, no puede ser utilizada por otros órganos y entes del Poder Público para la determinación de beneficios laborales o tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.
Algunos trámites que deben ser cancelados según el valor de la U.T, son:
Es importante mencionar que diferentes criterios hay para el cálculo de la unidad tributaria, sin embargo, expertos tributarios reiteran que las normas legales ya establecen el cómo. Para el próximo año, se hace mucho más difícil hacer una estimación en virtud de la tasa de inflación de 2020, ya que se debe promediar para establecer el valor. El deber ser es que anualmente se efectúe el aumento de la UT, pero en países que se encuentran sufriendo hiperinflación, los expertos recomiendan disminuir los lapsos.