La medida fue tomada por el deber constitucional del Estado para proteger, prestar asistencia y coordinar las acciones frente a situaciones de emergencia que afecten gravemente y exijan medidas especiales de atención en la prestación de servicios públicos.
“Como consecuencia del intenso periodo de sequía en los últimos años, se ha limitado el suministro del servicio de agua potable”. Esta situación se debe a que la operatividad en la producción y distribución de agua potable está afectada principalmente por el crecimiento de la demanda del servicio y la instalación informal de sistemas de distribución de agua.
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Por esto, a través del Decreto Presidencial Nº 1.861 “Se declara el estado de emergencia en todo el territorio del estado Falcón sobre la prestación del servicio público de agua potable y sus instalaciones y bienes asociados, por un lapso de sesenta (60 días), prorrogable, en virtud de los cuales se autoriza al Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Agua para dictar por vía de excepción las medidas especialísimas que estime pertinente, a fin de garantizar a la población falconiana el suministro de agua potable”.
Igualmente, se instruye a la Hidrológica de los Médanos Falconianos, C.A. a acelerar los cronogramas de ejecución de las obras pertinente a la ampliación y e inversiones en la infraestructura.