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Gaceta Oficial N° 40.769
Decreto Nº 2.056, mediante el cual se fija el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que participan en el proceso social de trabajo desde las entidades de trabajo públicas y privadas, a partir del 1º de noviembre de 2015, en Nueve Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho Bolívares con Dieciocho Céntimos (Bs. 9.648,18) mensuales.
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Cabe destacar que con el valor actual del dólar paralelo de $797,14 , que es el manejado por los venezolanos, el salario mínimo tendría un valor de $12,10, lo que no representa una mejoría en la situación económica del país. De igual manera el monto mensual del bono alimenticio o Cesta Ticket, sufrió un aumento de 0.75 UT a 1.5 UT, que será pagado ya no por días laborados sino por 30 días mensuales, y será aplicado a partir del 1º de noviembre igualmente, lo que quiere decir que será abonado a los empleados en el mes de diciembre, en caso de alguna duda te ofrecemos una fórmula para que puedas calcular el valor actual de este bono.