Skip to content

Gaceta 40.701: Crean comisión para asuntos limítrofes de Venezuela

Hoy salio en Gaceta Oficial Nro. 40.701 de fecha 13 de julio de 2015, que circula este martes, la Presidencia de la República, publica el Decreto N° 1.860, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la Soberanía Territorial y la Paz. Bajo el marco de la Ley Habilitante que permite al Presidente de la República Nicolas Máduro a dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley. De acuerdo al texto del decreto se crea la Comisión Presidencial de Estado para la Garantía de la Integridad Territorial y Asuntos Limítrofes con el objeto de generar recomendaciones fundamentadas en el estudio, evaluación, análisis, y seguimiento y control de la política integral del Estado en lo relativo a la garantía de los derechos soberanos sobre el espacio geográfico de la República como zona de paz.

gaceta-oficial-1-1

Te puede Interesar: La definición unilateral de nuevos límites revive dos viejos diferendos marítimos con Guyana y Colombia

Estos son algunos principios constitucionales que se mencionen en la presente ley.

  • Integridad territorial en el espacio geográfico
  • Reconocimiento del espacio geográfico como zona de paz
  • Soberanía plena de República sobre sus espacios geográficos
  • Supremo interés nacional
  • Legalidad
  • Inalienabilidad
  • Imprescriptibilidad
  • Prohibición de enajenación o cesión o negociación del espacio geográfico ni de sus recursos
  • Preeminencia de la garantía de los derechos soberanos del pueblo venezolano
  • Historicidad
  • Conocimiento
  • Eficacia, eficiencia y responsabilidad en la gestión de la coordinación
  • Participación pública
  • Sujeción estricta a los valores, principios y normas constitucionales
  • Colaboración entre poderes públicos

La presente Ley indica que los funcionarios públicos, así como las personas bajo relación de empleo público, que participaren directa o indirectamente en la coordinación y aportes dentro del marco de este decreto con rango, valor y fuerza de ley, deberán ejercer sus actividades en el marco de los más altos principios constitucionales aquí enunciados, así como de valores éticos y de amor a la Patria, en plena observancia de los enunciados referidos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.

Ademas la Comisión Presidencial de Estado para la Garantía de la Integridad Territorial y Asuntos Limítrofes estará integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva, quien la presidirá; los Ministros o Ministras del Poder Popular para Relaciones Exteriores, de la Defensa, del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno; el Procurador General o la Procuradora General de la República, el Presidente o la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y tres (3) representantes designados por la Asamblea Nacional. Teniendo en cuenta que la Comisión Presidencial de Estado para la Garantía de la Integridad Territorial y Asuntos Limítrofes tendrá a su cargo la coordinación de la política del Estado para resolver todos los asuntos pendientes en materia de soberanía territorial y asuntos limítrofes, así como garantizar el funcionamiento de todos los mecanismos y comisiones que se crearen a tal efecto.

Contenido de la Página

Gaceta oficial numero 40.701