Te puede Interesar: La definición unilateral de nuevos límites revive dos viejos diferendos marítimos con Guyana y Colombia
Estos son algunos principios constitucionales que se mencionen en la presente ley.
- Integridad territorial en el espacio geográfico
- Reconocimiento del espacio geográfico como zona de paz
- Soberanía plena de República sobre sus espacios geográficos
- Supremo interés nacional
- Legalidad
- Inalienabilidad
- Imprescriptibilidad
- Prohibición de enajenación o cesión o negociación del espacio geográfico ni de sus recursos
- Preeminencia de la garantía de los derechos soberanos del pueblo venezolano
- Historicidad
- Conocimiento
- Eficacia, eficiencia y responsabilidad en la gestión de la coordinación
- Participación pública
- Sujeción estricta a los valores, principios y normas constitucionales
- Colaboración entre poderes públicos
La presente Ley indica que los funcionarios públicos, así como las personas bajo relación de empleo público, que participaren directa o indirectamente en la coordinación y aportes dentro del marco de este decreto con rango, valor y fuerza de ley, deberán ejercer sus actividades en el marco de los más altos principios constitucionales aquí enunciados, así como de valores éticos y de amor a la Patria, en plena observancia de los enunciados referidos en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley.
Ademas la Comisión Presidencial de Estado para la Garantía de la Integridad Territorial y Asuntos Limítrofes estará integrada por el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva, quien la presidirá; los Ministros o Ministras del Poder Popular para Relaciones Exteriores, de la Defensa, del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno; el Procurador General o la Procuradora General de la República, el Presidente o la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia y tres (3) representantes designados por la Asamblea Nacional. Teniendo en cuenta que la Comisión Presidencial de Estado para la Garantía de la Integridad Territorial y Asuntos Limítrofes tendrá a su cargo la coordinación de la política del Estado para resolver todos los asuntos pendientes en materia de soberanía territorial y asuntos limítrofes, así como garantizar el funcionamiento de todos los mecanismos y comisiones que se crearen a tal efecto.