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Estas son las Armas potencialmente mortales que la Fuerza Armada puede usar en las Manifestaciones

Después de haber sido aprobada en la gaceta oficial numero 40.589 el uso de armas “Potencialmente Mortales” por parte de las Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), para el control del orden público en manifestaciones, surge la incógnita de a que se refiere el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) cuando autoriza en dicha gaceta publicada el día 27 de enero del presente año, el uso de armas de fuego o potencialmente mortales en caso de crearse una “situación riesgo mortal” para el funcionario.

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En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente, se reseña en el artículo 68 del capítulo 4 el cual dice, “Los ciudadanos tiene el derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que establezca la ley“, en este mismo artículo se citan también, “Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas“, esto va especialmente dirigido a los cuerpos de seguridad encargados de contener dichas manifestaciones. El artículo termina aclarando que será la ley quien regule la actuación de los efectivos encargados del orden público.

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Valiéndose de la posible “ambigüedad” que presenta este articulo los entes gubernamentales han promulgado esta nueva ley que permite a las autoridades usar armas de fuego y armas potencialmente mortales, presentando de esta manera una serie de niveles en los cuales el efectivo de acuerdo al nivel que se presente tiene la posibilidad de actuar, es más alto nivel de violencia en el cual los funcionarios ven comprometida su integridad física es el nivel 7, sin embargo resulta irónico el hecho que los funcionarios asistan preparados con equipos especialmente diseñados para resguardar su integridad física mientras participan en actos de contención de manifestaciones, lo que nos hace caer de nuevo en la pregunta de ¿Qué es una situación de riesgo mortal para el funcionario?.

A continuación te presentamos el equipo que portan los grupos antimotines de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana:

  • Casco de polietileno endurecido.
  • Chaleco Antibalas de KEVLAR resistente a proyectiles entre calibre 22mm y 357mm.
  • Escudo antimotín de policarbonato y fibra de vidrio.
  • Protectores para las piernas, brazos y manos.

Esto como parte de la protección que lleva equipada el funcionario, el armamento de reglamento “Potencialmente Mortal” es el siguiente:

  • Escopetas: Remington 720 o 360.
  • Armory-Files-Remington-870

  • Pistola: Beretta 92 FS o Beretta 92 CF
  • zShawn-Beretta92F-Before2

  • Subfusil automático Koch MP5.
  • machine6

  • Fusiles de Asalto: AK-103 o Fusil FAL.
  • AK741