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El artículo 119 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), condiciona al empleador a realizar el pago de los respectivos días no laborables y que se deberá ser reflejado en el recibo de pago. A su vez el mencionado artículo se ve apoyado en el 120, el cual acota el derecho del trabajador al cobrar un recargo de la mitad del día laborado, es decir, el día no laborable trabajado debe ser remunerado con 50% adicional al costo del día estipulado en la ley.
Días Feriados No Laborables Diciembre 2018
Según lo establecido en el artículo 184 de la LOTTT, son días feriados o no laborables, los domingos, los señalados en la Ley de Fiestas Nacionales y a los efectos de esta Ley el siguiente día del mes de diciembre:
- Lunes 24 y Martes 25 – Navidad
- Lunes 31 – Fin de Año
Además de estos, a nivel regional existen también días feriados que son decretados así por el Gobierno Nacional o Municipal para celebrar alguna festividad religiosa o de algún prócer de esa región. En este caso, el mes de diciembre contempla como feriado regional el día:
- Viernes 07 de Diciembre – Día de Maturín (Feriado Regional solo en el estado Monagas)