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Decreto No 2.184, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de 60 días.
Este decreto se encuentra establecido en el Artículo 338 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estableciendo que la emergencia económica tendrá una duración de 60 días, prorrogables por 60 días más.
A continuación la Gaceta Oficial N° 40.828 de fecha 14 de enero de 2016:
A continuación la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.214 de fecha 14 de enero de 2016, en la que se expone el decreto Presidencial N° 2.184:
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