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La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT) fija en el Artículo 335 que la mujer embarazada goza de inamovilidad laboral durante todo el embazando, además, de dos años después del nacimiento de su bebe, como también aplica para todos aquellos padres que deciden adoptar a un niño menor de 3 años de edad.
De igual forma el padre también goza de este derecho de inamovilidad laboral por el mismo periodo que la madre, esto quiere decir que desde el inicio del embarazo los dos padres padres están amparados por 2 años.
Artículo 420. Estarán protegidos y protegidas por inamovilidad laboral:
1. Las trabajadoras en estado de gravidez, desde el inicio del embarazo hasta dos años después del parto.
2. Los trabajadores desde el inicio del embarazo de su pareja, hasta dos años después del parto.
3. Los trabajadores y trabajadoras que adopten niños o niñas menores de tres años, gozarán de inamovilidad por el lapso de dos años desde la fecha en que el niño o la niña sea dado o dada en adopción.
4. Las trabajadoras y trabajadores con hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad que le impida o dificulte valerse por sí misma o por sí mismo.
5. Los trabajadores y trabajadoras durante la suspensión de la relación de trabajo.
6. En los demás casos contendidos en esta Ley, otras leyes y decretos.
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