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Antes de comenzar, debemos tomar en cuenta que vender un carro en nuestro país puede llegar a ser muy difícil, debido a los altos precios que muchos vendedores han impuesto a sus vehículos, por esta razón al momento en que nos llega una venta debemos estar bien asesorados para no perder la oportunidad que se nos ha presentado y ofrecer el precio real del automóvil evitando caer en la especulación.
Los documentos que debes presentar en la notaría al momento de solicitar el Contrato de Compra-Venta son los siguientes:
- Documento de propiedad original (emitido por el INTT) o documento autenticado de las ventas anteriores, no mayor de dos (2) ventas.
- Acta de Revisión emitida solo por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (I.N.T.T.), de cualquier estado o municipio.
- Registro de Información Fiscal (RIF) vigente del vendedor y comprador.
- El vendedor deberá presentar la Solvencia municipal del impuesto vehicular.
- Si el monto de la venta es mayor o igual a 1.500 U.T. o 1.650 U.T., deberá colocar en el documento los datos del cheque y presentar fotocopia del mismo.
- Copias de las cédulas de identidad y RIF de las partes involucradas.
- Acta constitutiva de la empresa y su última modificación. (en caso que el vendedor persona jurídica).
- Solvencia del Seguro Social o constancia de no afiliación (en caso que el vendedor sea persona jurídica).
- Cuando se trate de vehículos pertenecientes a una sucesión presentar Certificado de Solvencia de Sucesiones.
- Si alguna de las partes actúa con poder, llevar la copia.
- Si tiene reserva de dominio debe consignar la constancia de cancelación de la misma en original.
- Se necesitan de uno a dos timbres fiscales de 0,1 Unidades Tributarias, esto dependerá de la notaría pública a donde se acuda.
De igual manera, al momento de vender su vehículo debe tomar en cuenta que:
- Todo documento tiene que ser redactado y visado por un abogado y debe ser de su confianza, ya que éste Sera quien estará presente durante toda la negociación
- En el cuerpo del documento deben estar identificados (con cédula y RIF) todas las personas naturales o jurídicas que integran el documento.
- No olvide que las fotocopias de la cédula de identidad y del carnet de Inpreabogado son en hoja tamaño oficio.
- Debe llevar la Fotocopia de la liberación de reserva de dominio solo si aplica.
- No olvide llevar en físico todos los originales y sus respectivas fotocopias en tamaño oficio.
- Recuerde que las fotocopias de las cédulas deben estar al 121%.
- Llevar cédulas y RIF vigentes de las partes involucradas, tanto en físico como fotocopias tamaño oficio.
Al poseer toda esta documentación solo debe dirigirse a la Notaría más cercana a su residencia, tomando en cuenta que todos estos trámites se realizan en horas de la mañana.