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Según el reglamento del Seguro Social, las cotizaciones se deben fijar desde el primer día de trabajo de cada semana, según el Artículo 102. Para la gran mayoría son los lunes, así que si desean realizar el siguiente cálculo tendrán que saber cuantos días laboraron desde el primer día de trabajo al mes, esto es importante conocerlo.
Debemos destacar que las empresas tienen que tomar en cuenta el porcentaje adicional, según Artículo 192 del Reglamento del Seguro Social, quedando de la siguiente manera:
- Empresas de Riesgo Mínimo: 9%
- Empresas de Riesgo Medio : 10%
- Empresas de Riesgo Máximo: 11%
Fórmula del Seguro Social Obligatorio de Cálculo Directo:
Para que el patrono calculé los aportes del Seguro Social Obligatorio, deben tomar en cuenta el porcentaje respectivo del salario mensual, esto al principio puede funcionar, pero luego puede causar discordancia entre los aportes que se tienen que cancelar durante el año. La siguiente fórmula podemos tener nuestro Cálculo Directo:
NOTA:
- 0,04 es el porcentaje de los primeros días laborados de cada mes, este puede variar, siendo 4 o 5.
- 0,09 es el Riesgo Mínimo de la empresa
No olviden comentar por si tienen duda.