¿Como se traduce esto? Pues realizando un análisis al contenido del documento legal emanado del TSJ, podemos ver como se diseña un esquema en el que se mide el comportamiento del manifestante, a medida que los indicios de violencia aumentan, equitativamente la forma de respuesta del funcionario militar también irá en aumento, el último nivel, autoriza al guardia nacional a utilizar armas potencialmente mortales, con la finalidad de acabar con el foco de violencia que pueda “comprometer los principios de paz y seguridad” que ellos resguardan. En el mismo orden de ideas a los funcionarios se les asignará todo lo necesario para que cumplan con la orden y el nuevo instructivo a la hora de reprimir y controlar una manifestación pública.
A continuación les presentamos la Gaceta Oficial en la que claramente se aprecia como a pesar de que es el grado más extremo según la escala, se le autoriza a los funcionarios de orden público el uso de “Armas Potencialmente Mortales“, puntualmente en la página 9, artículo 5 numeral 7, en el capítulo IV de la Resolución 008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa de Fecha 23 de Enero del 2015. No obstante, les invitamos a leer todo el documento para que tengan el conocimiento a la hora de estar en medio de una situación de esta índole.
Ante cualquier situación o información al respecto, la sección de noticias estará al tanto de todo lo concerniente.