También te puede interesar: 11 de octubre – Día Internacional de la Niña
Adicionalmente, la Constitución del país incluye un capítulo con ocho artículos destinados a esta iniciativa, entre ellos:
Articulo 119: “Su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida“.
Artículo 121: “Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto“.
Artículo 122: “Los pueblos indígenas tienen derecho a una salud integral que considere sus prácticas y culturas“.
Artículo 124: “Se garantiza y protege la propiedad intelectual colectiva de los conocimientos, tecnologías e innovaciones de los pueblos indígenas“.
Artículo 125: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la participación política“.
Mediante estos y otros derechos y deberes, participan representantes de la población indígena en la Asamblea Nacional y en los cuerpos deliberantes de las entidades federales y locales. La diversidad cultural y étnica está presente en todos los pueblos, y forma parte de su herencia histórica como garantía para el mutuo enriquecimiento cultural y la comunicación basada en valores de paz y justicia.