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El 23 de junio de 1998, se publica por Gaceta Oficial N°5239, la Ley de Ejercicio Profesional de la Sociología y la Antropología, compuesta por 51 artículos. Esto con el fin de reconocer el trabajo de los profesionales en esta área, con sus perspectivas teóricas, metodológicas, técnicas y aplicaciones prácticas que permiten abrir nuevas ideas y posibilidades para construir una mejor sociedad con principios de igualdad.
“Un sociólogo, si se me permite la metáfora, tiene que ser un buen fotógrafo y buen cineasta. Debe ser un buen fotógrafo para que al momento de tomar sus instantáneas de la sociedad, no deje por afuera de su registro elementos que son fundamentales para el posterior análisis. Y debe ser un buen cineasta, en tanto debe interpretar a esas fotografías de manera inseparable del proceso histórico dentro del cual cobran vida, es decir, debe significarlas dentro de esa “película” que cuenta la historia económica, ideológica y política de una determinada formación social. Una vez realizado ese trabajo con pertinencia, podrá describir, explicar y predecir fenómenos de la realidad social. De esta manera trabajará activamente con economistas, políticos, y demás actores sociales para ofrecer su particular mirada, que está preparada para anticipar el potencial impacto social que pueden producir determinadas decisiones políticas, económicas y sociales” definición por el sociólogo argentino Héctor Castagnolo.