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Cómo solicitar exclusión del SIPOL – CICPC

Si ha sido objeto de una investigación penal realizada por el CICPC en el sistema SIPOL que no obtuvo resultados y además fue al archivo fiscal o si ésta prescribió pero aun así aparece solicitado, le mostramos cómo solicitar la exclusión del SIPOL en el CICPC y de esta manera solucionar los conflictos que puedan ser ocasionados por dicha investigación.

Exclusión del CICPC

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Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Articulo 28. Toda persona tiene el derecho de acceder a la información y a los datos que sobre si misma o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, y de solicitar ante el tribunal competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, podrá acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para las comunidades o grupos o personas. Queda a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determine la ley.

Queda plasmado en el Artículo 28 de la Constitución, que todo venezolano tiene derecho a acceder sus datos si están archivados en cualquier registro oficial o privado con el fin de solicitar la destrucción de los mismos. Para solicitar esta exclusión se deben realizar tres procedimientos:

1º Procedimiento de datos de oficio: El Tribunal Penal que es donde se encuentra el expediente, conoce la causa y dirige un comunicado solicitando que se deje sin efecto el registro judicial.

2º Procedimiento de Exclusión mediante Copia Certificada: Quien desea que se excluyan los registros judiciales del Sistema Integrado de Información Policial, consigna una copia certificada de la sentencia junto a un escrito explicativo a la división de Asesoría Jurídica.

3º Procedimiento de Exclusión por Prescripción: En casos especiales, en los cuales resulta imposible obtener copias del expediente por la antigüedad del caso, tanto que la Fiscalía no puede investigar el delito, se debe presentar una solicitud para que se verifique la cantidad de tiempo transcurrido con base al tiempo requerido para que el delito prescriba.

Luego de pasar por estos procedimientos, está en su derecho de solicitar su exclusión, como lo indica el Artículo 51 de la Constitución:

Artículo 51. Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados o sancionadas conforme a la ley, pudiendo ser destituidos o destituidas del cargo respectivo.

Cabe destacar, que para realizar todos estos procedimientos, debe contar con la asesoría de su abogado de confianza.