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Ley Orgánica del Ambiente

Todo lo relacionado con el tema ecológico parece que esta última década ha sido vital para el sostenimiento de la intención de la sociedad de “Portarse bien” con la sociedad. El Gobierno venezolano, no deja por fuera nada en este tema y hace una completa renovación de este documento jurídico que pretende entre otras cosas, la protección del ambiente y la inclusión del pueblo en el proceso de mejoramiento del estilo de vida de las comunidades en aras de la preservación del planeta. La educación ambiental es un tópico que resalta en esta norma, ya que resulta obligatoria en todas instituciones que lo ameriten. La propaganda ecológica por su parte no es más que un accesorio político, colocar pancartas y anuncios por doquier no soluciona el calentamiento global, aunque según afirman que impulsa el compromiso del gobierno y la sociedad por un país “Verde”.

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El Ministerio del Ambiente ahora lleva por nombre:
Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo, Hábitat y Vivienda

Esta ley ambiental no ha sido reformada desde el 2007, está compuesta por ciento treinta y siete (137) artículos, dispuestos en diez (10) artículos, un título adicional está destinado para las disposiciones, cuatro (4) transitorias, una derogatoria para la ley de 1976 y una única final.

Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los doce días del mes de septiembre de dos mil seis. Año 196° y 147° de la Federación.

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